1. Revisar la categoría del EAD
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El permiso de trabajo tiene un código en el frente, por ejemplo:
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C(9) → ajuste de estatus pendiente (I-485).
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C(8) → asilo pendiente.
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A(11) → parole.
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👉 La mayoría de cubanos en ajuste están bajo C(9). Esta categoría sí tiene extensión automática si se pidió la renovación a tiempo.
2. Verificar si se solicitó la renovación a tiempo
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La persona debió enviar el formulario I-765 (renewal) antes de que expirara el permiso viejo.
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USCIS manda un formulario de recibo I-797C que dice:
“This notice, together with your expired Employment Authorization Document (EAD), serves as evidence of your employment authorization for up to 540 days…”
👉 Ese papel + el EAD vencido son suficientes para trabajar legalmente durante el tiempo de extensión.
3. Confirmar la extensión automática (540 días)
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Si el EAD venció después del 4 de mayo de 2022, casi todas las categorías elegibles (incluida C(9)) tienen 540 días adicionales de validez.
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Ejemplo:
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El EAD vencía el 1 de agosto de 2024.
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Se pidió la renovación antes de esa fecha.
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Entonces es válido hasta el 22 de enero de 2026 (540 días después).
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4. Verificar el caso en la página de USCIS
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Entrar en https://egov.uscis.gov/casestatus.
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Poner el número de recibo (empieza con MSC, IOE, LIN, etc.).
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Si dice “Case is being actively reviewed” o “Case was received and is pending”, entonces la persona está cubierta por la extensión.
5. Informar al empleador (si es necesario)
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Si Recursos Humanos dice que el EAD aparece vencido en E-Verify, la persona debe mostrar:
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El EAD original vencido.
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La notificación I-797C que confirma la renovación y la extensión automática.
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👉 Con eso el empleador debe aceptar que la persona está autorizada a trabajar legalmente.
6. Si no se pidió la renovación
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Si nunca se envió la renovación del EAD, entonces sí está sin autorización laboral temporal.
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En ese caso, hay que:
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Presentar inmediatamente una nueva I-765.
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Revisar si ya se puede hacer el ajuste de estatus (I-485).
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Pedir ayuda a un abogado o pedir cita InfoPass en USCIS para aclarar.
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7. Lo más importante
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Una vez que aprueben la residencia (Green Card), ya no necesita EAD para trabajar. La tarjeta de residente es suficiente.
👉 Te dejo una recomendación final: siempre guardar copias de todo (EAD viejo, carta de recibo, comprobantes de envío) porque eso es lo que le da defensa legal en caso de que el empleador dude.
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